A) ANTECEDENTES
El lector y amigo puede comprobar que esta serie de artículos tiene gran paralelismo con los ya publicados sobre la Autovía. Nada más cierto, pues ha sido y es, tema principal.
Como he dicho en diversas ocasiones y locuciones de radio, los temas más importantes de esta mi legislatura han sido el proyecto de la Autovía -ya desmenuzado-, los cuatro presupuestos municipales a los que Izquierda Unida se ha opuesto por altamente impositivos, monolíticos y antidemocráticos y, especialmente, el Plan General. Esta OPOSICIÓN al megalómano proyecto urbanístico del PsoE se ha concretado a lo largo de estos años de diversas formas:
Aportaciones propias de esta concejal en Comisiones Informativas y sendos plenos aprobatorios.
Intervención de I.U. contra la Aprobación Inicial de 22-09-2008 que hacel el PsoE y PP.
Debates diversos en los medios de comunicación locales y en charla pública con apoyo de Presentación Informática.
Presentación de diversas alegaciones suscritas por los vecinos sobre variadas temáticas.
Alegación extensamente fundamentada por Izquierda Unida de Llerena.
Alegación contra el preceptivo Informe de Sotenibilidad.
En este artículo voy a desarrollar lo más concretamente posible los puntos 4 y 5 (en parte).
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B) LA BATALLA DE LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Tras la primera presentación documental (básicamente documentos informativos) en abril de 2008 ya se detecta, dicho de una manera sincera y objetiva, la buena calidad de los informes temáticos y sectoriales que aportan desde el equipo técnico desde su oficina. Otra cosa es el enfoque urbanístico que se irá concretando para Llerena.
La aprobación Inicial de septiembre de 2008 en Pleno Extraordinario (entonces no estábamos en crisis y se hizo uno expresamente) supone el punto de partida clave en la oposición a tamaño proyecto municipal. Ello por dos cuestiones: una porque tiene carácter legal y de cumplimiento que conlleva suspensión de licencias con respecto a las NN.SS anteriores, y otra porque es obligada ya la Información Pública para loa afectados y ciudadanos en general.
Este pistoletazo de salida se cumple con la publicación oficial y la disponibilidad de los documentos en la web municipal y en los servicios técnicos. El proceso estará abierto hasta marzo de 2009.
Así pues, se comienza una campaña con el objetivo de dar a conocer los contenidos y excesos de este Plan a los vecinos y a Llerena. Por supuesto, los particulares y afectados con las nuevas ordenanzas, alineaciones y clasificaciones de suelos hacen algunas alegaciones que, a la postre y en general, serán aceptadas.
De otro lado, IzquierdaUnida trata de llegar a ciertos sectores de la población con el ánimo de presentar los exesos y excentricidades de este nuevo y costoso Plan General.
Los vecinos suscriben varios tipos de alegaciones según su demenda concreta y generalista, entre las que se citan del trazado de la Autovía, Los Molinos y excesos de Suelo Urbanizable.
La primera se concreta de la siguiente forma:
…………………. y domicilio en la calle ……………………………………..de ………………., conociendo la apertura de la fase de Información Pública del Plan General Municipal de Llerena, aprobado inicialmente por la Corporación Municipal el 22-09-2008 y publicado en el BOP nº 17 de 27-01-2009, quiero hacer los siguientes
RAZONAMIENTOS
1º Considero que el crecimiento poblacional, lejos de verse incrementado sustanciosamente en la última década –y así lo confirman los datos censales-, a duras penas se mantiene cuando no decrece, por lo que a medio plazo sólo puede esperarse mucha menos demanda de viviendas.
2º La actividad y la población del casco histórico no sólo no crece, sino que decae irremisiblemente ante la competencia de los crecimientos urbanos actuales. Por el contrario, disminuirá más ante la desmesura de los suelos previstos, sin que el Plan atienda y concrete su específica problemática urbana: el despoblamiento y abandono.
3º Dado el nivel de construcción de los últimos cinco años se constata una gran cantidad de viviendas vacías en nuestra población ya sea para salir al mercado, ya sea al estar retenida por sus propietarios. Por tanto, a la vista está que existe un exceso en la actualidad y una caída real de su demanda.
4º Resulta evidente que la burbuja inmobiliaria se ha producido justo en las primeras entregas de documentos del Plan sin que, con posterioridad y antes de su Aprobación Inicial, se hayan ajustado los criterios y los cálculos urbanísticos, ni revisado convenientemente las previsiones, ni analizadas las demandas de los nuevos suelos. Carece, por tanto, de los más elementales criterios de sostenibilidad ambiental.
5º Además, según se determina por los analistas económicos y financieros, la edificación ha dejado de ser el valor refugio de las inversiones y, con ello, caerá irremediablemente la demanda de estos bienes inmuebles a corto y medio plazo.
6º El Plan caracteriza los nuevos usos y aprovechamientos de suelo. Sin embargo deja sin cuantificar los enormes costos que, desde la inversión pública, supondrán los Sistemas Generales previstos.
Por todo lo expuesto
ALEGO:
Que sean anulados los nuevos crecimientos previstos como suelo urbanizable y se disponga un nuevo proyecto más adecuado y ajustado a la realidad socioeconómica de Llerena.
La respuesta -rechazada por el Ayuntamiento a propuesta del equipo redactor- a estas alegaciones suscritas por un total de 98 personas en 8 grupos de escritos supone, con una amplia mayoría, la manifestación del malestar ciudadano al respecto. las otras 55 alegaciones de empresas y afectados tienen un carácter privativo y personalizado, además de la de I.U. que luego de explicitará. Lo que se demanda, ni más ni menos, ES QUE SE REVISEN LAS NUEVAS CLASIFICACIONES Y BOLSAS DE SUELO URBANIZABLE que suponen una duplicación de los suelos urbanos actuales, sin que haya unas demandas ni perspectivas edificatorias y constructivas proporcionales. En definitiva, rechazo al plan en su dimensión clasificadora, toda vez, que no se han desarrollado las previsiones -ya amplias de por sí- de las Normas Subsidiarias (NN.SS.) antiguas. Igulamente, se denuncia claramente la situación de la burbuja inmobiliaria, tan patente como real, tal como venían siendo denunciadas por cierta prensa y sectores desde abril de 2008 y concretada por la caída del Grupo Martinsa-Fadesa en dic-2007.
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En otra alegación propiciada por I.U. se establece la inoportunidad de incluir, por las afecciones futuras que conllevarían los terrenos señalados en la cartografía, la traza de la Autovía entonces prevista por el sur. Esta queja, concretada por cuatro vecinos, es aceptada por el Ayuntamiento, y es la que sigue:
EXPONE
1º Analizado el Plan General en lo que se refiere a las Infraestructuras y, de forma específica, al recorrido de la futura AUTOVÍA BADAJOZ-GRANADA a su paso por Llerena, la ubica por el sur de la población según plano adjunto.
2º Que está claro que contraviene a las demandas de numerosos sectores de la población, así como a los acuerdos del Ayuntamiento de 28 de febrero de 2008 y otras reuniones municipales por las que se pedían al Ministerio de Fomento un nuevo estudio por el Norte del Municipio, avalado por numerosas razones entre ellas: el mayor recorrido, mayores gastos y elevado impacto. Por tanto,
ALEGO LO SIGUIENTE
Que en la cartografía del Plan y en sus determinaciones sea anulado todo lo referente a este trazado SUR.
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Por otro lado, apoyamos uno de los despropósitos que perduran desde la NN.SS. vigentes, que es la situación de desprotección, desgobierno, descontrol, despreocupación de la Ribera de Los Molinos, enclave municipal de especial significación de Llerena. Así pues, 5 vecinos formulan la siguiente alegación que, por cierto se consigue que sea aceptada por el Ayuntamiento.
MANIFIESTA
1º Que visto el Plan General en lo que se refiere a Los Molinos no trata al conjunto de esta barriada de una forma integrada y como un espacio común en todos sus aspectos, desde el agrícola, al paisajístico e histórico, que es lo que le da IDENTIDAD a toda la zona.
2º Por el contrario, algunos espacios singulares como La Madrona, La Morolla o los nuevos terrenos municipales para la zona de San Isidro del Canchal, no se encuentran integrados en la ribera ni con la misma ordenación.
3º Resulta difícil comprender que para la Ribera de Los Molinos haya cinco zonas distintas de Ordenación Urbanística expresadas en los planos, que son las siguientes y que tendrán diferentes criterios de Protección y usos admitidos:
3.- De Montes Públicos,
12.- De Pendientes superiores al 4%,
14.- De Áreas Adehesadas,
16.- De Núcleo de Los Molinos entre Palomar y Ermita, y
17.- De Suelo No Urbanizable Común.
4º El análisis que se hace de Los Molinos no reconoce ni trata conjuntamente las problemáticas que existen en la actualidad. Es el caso de la carencia de infraestructuras y servicios, la conducción y sistemas de aguas y riegos, o la existencia de edificios y construcciones históricas, incluyendo sólo uno en el catálogo.
Por todo lo expuesto
PRESENTO LA SIGUIENTE ALEGACIÓN
Que la Ribera de Los Molinos sea considerada en su integridad, no como distintas zonas, y programado un Plan Especial de acuerdo con la parcelación actual.
---------------------------- C) LA ALEGACIÓN DE IZQUIERDA UNIDA DE LLERENA
Un conjunto de ciudadanos, como se ha resaltado anteriormente, alegan cuestiones particulares de mayor edificabilidad en sus fincas, cambio de calificación y alturas, errores en su consideración o que se excluyan sus fincas de los terrenos clasificados. La mayoría de las veces serán aceptadas en los primeros casos, pero rechazados en los últimos.
Gran parte de lo anteriormente explicitado quedará contenido en la Alegación General que se hace al Plan desde Izquierda Unida de Llerena, aunque su tratamiento y pormenorización será mayor. Aunque en algún momento la Alegación ha estado colgada en la web de I.U. local, para completar este artículo, ampliar su difusión y ofrecer mayor disponibilidad, se traslada en el presente artículo. Tal es lo que sigue.
----------------- ------------- -------------, con D.N.I. ----------------- y domicilio en la C/ ----------------- -----, de Llerena (Badajoz), como COORDINADOR LOCAL de Izquierda Unida,
EXPONE:
Como representante político de la población de Llerena afectada por la propuesta municipal de Plan General de Ordenación Urbana, aprobado inicialmente el 22-09-2008 y que posteriormente ha sido publicitado en el B.O.P. nº 17 de fecha 27/01/2009, para superar la fase de Información Pública a tenor de lo especificado en la legislación urbanística, vistos los documentos elaborados y presentados por la empresa adjudicataria de los trabajos técnicos y analizadas las argumentaciones presentadas a lo largo de este proceso por nuestro grupo municipal,
De esta forma, se desarrollan y exponen complementariamente un conjunto de cuestiones urbanísticas, sociales y ambientales agrupadas en varios apartados que se desarrollan individualizadamente:
A) EL PROCESO DE TRAMITACIÓN Y REDACCIÓN
B) LA DESMESURA DE LOS NUEVOS SUELOS. UN PLAN NO SOSTENIBLE AMBIENTALMENTE
C) LA INAPLICABILIDAD DEL NUEVO PLAN
D) LA FALTA DE ALTERNATIVA A LOS PROBLEMAS REALES
E) LA DESATENCIÓN DEL CASCO HISTÓRICO
F) UN CATÁLOGO INCOMPLETO
Por todo ello,
SOLICITA:
1.- Proceso de tramitación y redacción
El Ayuntamiento y los redactores no han elaborado un documento de AVANCE ni cumplido el apartado 3.2. del Pliego, circunstancia grave por la falta de asistencia a los ciudadanos, hasta tal punto que el cumplimiento de este punto debe exigirse como tal.
Por otra parte, los documentos colgados en la web municipal a partir del 23-09-2008 no han sido los definitivos hasta el mes de febrero de 2009, por lo que se ha prestado a confusión una documentación disponible aparentemente veraz.
2.- Excesivos suelos clasificados
La primera cuestión para ver y analizar la sostenibilidad del Plan tiene que derivarse de la evolución de la población y actividad económica, o sea, las previsiones demográficas. En el mejor de los casos, la estabilidad de los efectivos o un ligero incremento en el horizonte del mismo se traducen en la casi duplicación de los suelos consolidados y la previsión de 8.528 viviendas, hecho totalmente cuestionable en los momento de coyuntura económica y dentro de un contexto comarcal de pérdida de efectivos. Es decir, los nuevos suelos urbanizables no tienen posibilidades de desarrollo, con lo que huelga su consideración tal como están planteados.
Además, las vigentes NNSS, aunque necesiten una adaptación a las determinaciones de la Ley del Suelo son válidas en lo que a superficies ya clasificadas e incluso previsiones y demandas de suelo a medio plazo. Es decir, deben desarrollarse las grandes bolsas de suelo aún vacías (SUNC), tanto las residenciales como los suelos industriales, antes de incorporar nuevas clasificaciones. El principio de Precaución en la acción pública debe primar ante expectativas nada claras
Los criterios de sostenibilidad ambiental en el Plan se cuestionaron aún más con las revisiones que, por orden de la alcaldía, se hicieron al primer documento para la Aprobación Inicial de 22-09-08. Los aumentos de edificabilidad o las reducciones en las secciones tipo de las rondas conllevarían más cantidad de viviendas en un contexto totalmente sedentario y en sobreoferta. La situación perdura con iguales o peores condiciones.
El Estudio de Impacto Ambiental, que debería haber apostado por un crecimiento más racional en base a un análisis del planeamiento actual, de los vacíos urbanos y de las expectativas poblacionales, queda invalidado por sí mismo y procede su revisión.
3.- La inaplicabilidad del nuevo Plan
Varias cuestiones ponen en duda la inaplicabilidad del Plan General presentado. Desde la falta de tratamiento de las vías pecuarias en el entorno urbano, los stoks de viviendas vacías en la localidad, la ausencia de estudio financiero que aclare cómo se van a abordar presupuestariamente los Sistemas Generales –entre ellos los dos pasos a distinto nivel de RENFE-, puede que aboquen a un resultado de bordes urbanos inconexos y de ciudad verdaderamente inacabada.
Por tanto, los futuros desarrollos y rondas sólo se quedan en planteamientos de diseño muy poco posibilistas a la realidad local, lo que hace que los nuevos suelos urbanizables deban ser desestimados en su concepción actual.
De otro lado otras intervenciones en suelos con problemáticas o expectativas, como los de la Ribera de Los Molinos, necesitan una redefinición de límites y de áreas de ordenación más homogéneas.
4.- Falta de alternativa a los problemas reales
Faltan zonas verdes, dotaciones y espacios libres en el centro poblacional, sin que el Plan haya redistribuido, mediante intervenciones decididas, esas necesidades. Un esfuerzo que bien vale la integración del casco histórico, ya que hay espacios disponibles vacíos que, por el contrario, este Plan pierde la oportunidad de intervenir en el centro.
Los sistemas generales del territorio no están completos, faltan líneas eléctricas en la campiña, el canal de riegos de Los Molinos que concatena el manantial con las 27 industrias, etc.
La ordenación del tráfico y de algunos de los viales propuestos han perdido su eficacia y la oportunidad debido a conveniencias políticas, caso de las rotondas junto a la gasolinera, distribuyendo peor los flujos.
La vivienda protegida se deja al devenir de los desarrollos de las unidades sin que haya una dirección o mecanismos claros para concentrar o reubicar estos suelos.
Tampoco tiene el Plan un criterio homogéneo de tratamiento de las alturas o plantas, ya que ha reducido los aprovechamientos de la zona SUC-2 a favor de las periferias. Igualmente puede afirmarse a la hora de localizar y dotaciones y zonas verdes en los interiores de manzanas.
Si se opta por proteger las periferias de acceso a la ciudad, como es el caso del cementerio, deberían ampliarse por lo menos a los restantes accesos viarios.
5.- Casco Histórico
La función subsidiaria que hasta la fecha ha venido haciendo el antiguo PERI queda soslayada por las indefiniciones del Plan, a la vez que deriva de nuevo a su desarrollo. Existe una clara indefensión ciudadana de a qué atenerse cuando un particular desea o necesita intervenir en su inmueble, dando el Plan mayor incertidumbre al no acometer de nuevo la problemática ni asumir en su totalidad las determinaciones normativas del PERI, aparcado hace años.
Así, el Plan deberá recoger en su integridad las suficientes y necesarias normas que engloben –y no deriven más en el tiempo- este planeamiento de desarrollo que, en la práctica viene aplicándose.
6.- Catálogo
La propuesta de catalogación de edificaciones en el Plan es muy incompleta en lo que se refiere a industrias de alta incidencia en el pasado próximo y que pueden tener un papel interesante como equipamientos, servicios y muestras identitarias. Es, por tanto, el momento de integrar en el Plan los inmuebles que, descritos anteriormente, son los que siguen:
En suelo urbano deben incorporarse al menos las dos industrias fabriles siguientes: a) Fábrica de Ladrillos del Paseo Cieza de León; b) Fábrica de Harinas INEXA y edificaciones auxiliares.
Además de ello, en suelo rústico necesitan una protección específica y consecuente catalogación los 26 molinos harineros y sus pretiles, cotas abajo del de El Palomar, además de la Balsa de regulación de cabecera, junto a este primer molino. Igualmente, el último horno de cal que aún perdura, sito en el Pié de la Sierra.
Las actuaciones concretas y/o asistemáticas de intervenciones urbanas en el centro histórico son las grandes ausentes en el Plan bajo el pretexto de que deben estar bajo el Plan Especial del CH y no se recogen propuestas concretas, posibles y relativamente fáciles de ejecutar, como pasajes y nuevas aperturas junto al Palacio Episcopal o en las traseras abiertas del Colegio del Santo Ángel.
Algunas zonas verdes del extrarradio no ayudan a la integración de la población y sin embargo computan en los estándares urbanos, mientras que el centro histórico con una trama urbana demasiado cerrada y aún habiendo enormes espacios y patios interiores, carece de espacios verdes. Por tanto los ejidos del Camino de San Miguel deben volver a considerarse Suelo No Urbanizable de Protección Especial, así como los suelos dotacionales entre San Pedro y el antiguo depósito de aguas.
Por tanto se propone la retirada del Plan General para que se inicie un nuevo proceso de redacción que cuente con las aportaciones de sugerencias y alternativas diferentes a las actuales y donde la participación pública sea más real.
Igualmente, de mantenerse en su tramitación actual, deben de excluirse todos o la mayor parte de los suelos urbanizables, de acuerdo con unas previsiones de crecimiento poblacional más adecuado y de unas posibilidades económicas objetivas y reales.
El periodo de Información Pública con la documentación diligenciada, si bien ha estado dos meses disponibles, no ha contado con la explicación, asesoramiento y presencia de la empresa redactora durante un mes tal como dice el PPT, por lo que debe realizarse de nuevo esta fase.
En Llerena, a 27 de marzo de 2009.
Fdo.: -------------------- ------------------------ ----------------------
SR. DIRECTOR GENERAL DE URBANISMO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO. JUNTA DE EXTREMADURA. 06300 MÉRIDA.
(También se remite, lógicamente, al propio Ayuntamiento)
DESARROLLO DE LA ALEGACIÓN
1.- EL PROCESO DE TRAMITACIÓN Y REDACCIÓN
El concurso de adjudicación que se hace a la empresa consultora parte de la aplicación del Pliego de P.T. o modelo tipo que la consejería aplica en estas contrataciones y que data de 10-04-2006. En él se explicitan tanto los documentos a elaborar, como el desarrollo de las normas y cartografía como el proceso de participación pública según los artículos 69, 70 y 75 de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura y los correspondientes del Reglamento de Planeamiento.
En el apartado 3 de Procedimiento Operativo del pliego se especifican los procesos de redacción y participación públicas, circunstancias que no se han realizado en Llerena salvo unas tres reuniones de los redactores con los concejales en la correspondiente Comisión Informativa. Es decir, salvo el contacto con los concejales, ni el ayuntamiento ha dispuesto un Avance para conocimiento de la población y recepción de Sugerencias y Alternativas, ni los redactores han participado sus documentos. Este hecho es singular, pues en ciertas poblaciones como Plasencia, el 9-03-09 se anuncia una verdadera fase de avance, y no sólo se realiza como tal sino que se divulga convenientemente en la población.
Tampoco los redactores ni el Ayuntamiento han dispuesto un espacio habilitado para consultas de ciudadanos durante un mes, tal como especifica el apartado 3.2. del Pliego, circunstancia grave por la falta de asistencia a los ciudadanos, hasta tal punto que el cumplimiento de este punto debe exigirse como tal.
Por otra parte, los documentos colgados en la web municipal a partir del 23-09-2008 no han sido los definitivos hasta el mes de febrero de 2009, por lo que se ha prestado a confusión una documentación aparentemente disponible.
La administración municipal ha obviado, como no suelen hacer la mayoría de las ciudades extremeñas como Almendralejo (2008) o Plasencia (03-2009) por poner unos ejemplos, el proceso de redacción de Avance para que la población y entidades interesadas presenten Sugerencias y Alternativas, hecho grave por la singularidad de Llerena y las expectativas que el Plan generó tras su contratación. Fase importante y decisiva para compartir un “modelo de desarrollo urbano” que sólo ha estado en la mente del gobierno municipal y de los redactores, e imposibilitada en otros sectores como la oposición política de Izquierda Unida, los empresarios o las asociaciones ciudadanas.
2.- LA DESMESURA DE LOS NUEVOS SUELOS. UN PLAN NO SOSTENIBLE AMBIENTALMENTE
2.1.- EVOLUCIÓN DE LA POBLACIÓN
La primera cuestión para ver y analizar la sostenibilidad del Plan –hecho mencionado como supuesto veraz en varias ocasiones- tiene que derivarse, obligatoriamente, de la evolución de la población y actividad económica, o sea, las previsiones demográficas.
En la Memoria Informativa se trata de justificar a fecha de enero de 2006 con extrapolación de los datos censales de 2001 (sin contar con los datos disponibles, más o menos estables de 2007-2008-2009), y arrojan un diagnóstico claro: el mantenimiento de la población en contra de la tendencia de la comarca, especificado en la tabla adjunta.
Pero es más, el Plan para justificar los crecimientos de los nuevos suelos clasificados, hace unas proyecciones con los resultados de 6.176 habitantes para 2016 y de 6.750 habitantes para 2026. Es decir, la proyección demográfica tampoco justifica la duplicación de los nuevos suelos actuales a futuros (urbanizables y no consolidados), ni siquiera considerando otros ratios descendentes como nº miembros/vivienda. Ni tampoco la vuelta o retorno de emigrantes es tan elevada como se esperaba.
Refiriéndonos a las previsiones de viviendas en los distintos tipos de suelo, el Plan en la Memoria Justificativa (págs 43-45) estima un total de 6.490 para el suelo urbano y otras 2.038 para el urbanizable, lo que hacen un conjunto previsto de 8.528 viviendas en el horizonte del mismo. Llama la atención que sale un coeficiente de 1,25 viv/habte sin que haya una demanda turística singular (turismo de balneario costero) ni industrial específico (gran implantación industrial).
Es más, en los momentos actuales se han originado fuertes contradicciones de pérdida de puestos de trabajo por la Fusión Educativa de los IES locales. Es decir, los crecimientos previstos pueden tener importantes incertidumbres.
2.2.- EVOLUCIÓN DEL PLANEAMIENTO
Llama la atención que la evolución del planeamiento urbanístico en la Memoria Informativa se despacha en 6 páginas sin una evaluación adecuada “y concluyente” del grado de incumplimiento y desarrollo de las NN.SS. vigentes. Se detallan la clasificación, la calificación, los usos y las 11 Modificaciones Puntuales aprobadas, gran parte de ellas en escaso grado de ejecución y sin que se valore que haya escasos planeamientos de desarrollo en curso.
De la cartografía del Plan se destaca el estado de ejecución del planeamiento.
Una visión sinóptica del proceso -que obvia el Plan- es el abusivo crecimiento y consumo de suelo en una ciudad que apenas incrementa su población, lo que conlleva un impacto ambiental muy negativo con amplios espacios vacíos, sin visos de desarrollo y expectantes de operaciones urbanísticas singulares, como es el caso del entorno del Hospital comarcal, sin que el Ayuntamiento haya hecho nada en propiciarlo.
La figura adjunta, elaborada al efecto por Izquierda Unida y que no incluye los suelos urbanos industriales de El Carrasco, sí que ilustra del proceso en los últimos 30 años. Estos últimos suelos junto a los del entorno del Hospital ejemplifican el fracaso de la política urbanística municipal y cuestionan, ya de por sí mismos, las previsiones y expectativas del Plan.
De otro lado, algunas Modificaciones Puntuales como la del suelo industrial de Las Calabazas con decidida intervención municipal, sí que han generado expectativas reales y apostado por el desarrollo industrial al norte de Llerena.
Igualmente puede decirse con la del Ejido Campamentos hacia el oeste. Es decir más que clasificar y calificar suelos para que evolucione libremente el mercado sin intervención pública, se viene demostrando que el papel positivo y tutelar de la Administración es vital. En caso contrario el panorama nacional –con una liberalización constructiva de facto en los últimos años- ofrece múltiples ejemplos, como la sesión del Parlamento Europeo del 26-3-2009 en la que se ha propuesto, habida cuenta de la evolución del consumo excesivo de suelo urbano y el deterioro de las costas nacionales, el recorte y sanción de las ayudas europeas a España. Esto sin mencionar aquí los escándalos urbanísticos asociados a los abusivos crecimientos de suelos.
El Plan General previsto en abril-mayo-08 incluía en las nuevas rondas de circunvalación urbanas y en las correspondientes rotondas, un carril bici exterior a la ciudad, pero incorporado a la sección de estas vías rodadas. Todo esto daba por sentado la sostenibilidad del Plan, aireada frecuentemente por el gobierno municipal.
Como quiera que a mediados de junio-08 y por iniciativa del gobierno municipal se revisaron en profundidad todos los parámetros de superficies de viales, secciones tipo, mayor edificabilidad y aprovechamientos, etc “para asegurar la rentabilidad económica a los nuevos suelos responsables del Modelo y Cierre de la ciudad”, lo primero que se hizo fue suprimir este carril ecológico, así como disminuir la sección de las rondas, estrechándola con los fines expuestos. Esta argumentación esgrimida, de vestir la sostenibilidad con carriles bicis, ya cae por su peso.
La mayor sostenibilidad que puede hacer un plan es ofrecer los crecimientos de suelo ajustados, adecuados y oportunos a una ciudad o municipio, sin abundar en ensanches innecesarios ni clasificar suelos en exceso que no llevan más que a la degradación ambiental y a la generación de especulación. El principio de Precaución es bien desconocido tanto por los técnicos redactores como por el gobierno municipal, que lo que hacen es prever unos crecimientos innecesarios de suelo urbano, asumiendo zonas no desarrolladas como urbano directo no consolidado y, sobre todo, creando unas 12 bolsas de suelos urbanizables con casi 490.000 m2 que se sabe, posiblemente, que no puedan desarrollarse.
En este contexto de la presentación del Plan se produce la crisis inmobiliaria, en la que todos los indicadores de crecimiento y trayectoria del sector se vuelven negativos y arrastran otros sectores vinculados al mismo.
Así, un consumo de suelo racional, no abusivo e injustificado es la mayor premisa de sostenibilidad que Izquierda Unida defiende. Un consumo u ocupación de suelo arbitrario e irreal es insostenible por definición. Esta norma es lo que lleva a ciertas administraciones a relacionar los crecimientos previstos en las ciudades y sus clasificaciones de suelo con la evolución de la población. El POTA, en Andalucía y pese al alejamiento de las comparaciones, prevé en su art. 43 que los nuevos crecimientos previstos en los planes urbanísticos no podrán superar el 40% si no se ha producido y justificado un incremento poblacional del 30%.
A este fin, merece la pena resaltar un artículo de prensa al inicio de 2009 en plena crisis actual, en el que se detallan las cifras de viviendas en venta y la necesidad de reajustes de precios.
2.3.- ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
El Estudio de impacto ambiental es un modelo tipo con análisis generalista del municipio, en el que no se va más allá de los componentes geográficos, mientras que los propiamente ambientales, tales como las riberas fluviales, la periferia urbana, Los Molinos, las cumbres de San Miguel o las cortijadas no se les da, desde el enfoque de Izquierda Unida, una protección específica, unitaria y expresa o un tratamiento singular, como el diseminado de Las Mojeas.
Pero lo más llamativo del proceso de valoración ambiental es que los ficheros del EsIA grabados en las de 04-08 y de 01-09 son idénticos, en vez de ser dispares al hilo de las modificaciones introducidas de edificabilidad, anchura de rondas, catalogaciones, etc, cuando el territorio afectado es de otra intensidad y tipología distinta. Se persiste en el error en la pág 9 de que Llerena cuenta con Delimitación de Suelo Urbano. Además carece de anexos que justifiquen las “afirmaciones” vertidas y las interacciones del proyecto –cuestión básica en un estudio de esta naturaleza- que se trasladan a las casillas de la matriz de evaluación, no están convenientemente justificadas.
De otro lado, las alternativas que se barajan son dos: la No Actuación (que puede considerarse gratuita y poco técnica) y la propuesta en curso del Plan, a la que no se hacen matizaciones específicas ni controles al proceso futuro. La alternativa de no actuar debería haberse analizado en la perspectiva de que se desarrollen y completen las NNSS vigentes, en absoluto agotadas, por lo que no se han detectado ni los vacíos urbanos ni la evolución del planeamiento.
La solución que se valora en el EsIA incluye las previsiones del Plan Ello tanto en la parte de “ejecución” como la de “explotación”, abogando por la consabida frase de “efectos beneficiosos sobre el Medio Socio-económico local”, dando a entender que si no hay revisión del planeamiento no hay desarrollo posible, ni correcciones de impactos…, como si la EDAR ya en funcionamiento no fuera un hecho al margen del Plan. Tampoco se especifican ni las medidas correctoras que el Plan ha asumido ni en qué consisten las el Programa de Vigilancia Ambiental
Igualmente parece que en el documento no se consideran como positivas las acciones de la DG Ordenación del Territorio y Urbanismo sobre regulación de implantaciones edificatorias en SNU.
3.- LA INAPLICABILIDAD DEL NUEVO PLAN
Tampoco entra el EsIA ni el Plan en la necesaria revisión/modificación de la red de Vías Pecuarias del municipio, aunque en los planos informativos sí que aparecen. Esta grave contradicción en la ordenación de los suelos, que las obvian, hará imprecisos los desarrollos afectados y difíciles las alteraciones de trazados a posteriori.
De otro lado, la situación económica a medio plazo no prevé que las inversiones inmobiliarias tengan el empuje de estos años pasados, caracterizados por un excedente de viviendas nacionales en torno a 700.000. Éstas deberán comercializarse antes de que los nuevos desarrollos sean viables, por lo que Extremadura y Llerena no serán una excepción, especialmente en los suelos urbanizables.
Pero es que el “Modelo de Ciudad” del Plan se basa en estos futuros desarrollos que conllevan las cesiones de suelos y la obtención de beneficios derivados de los correspondientes aprovechamientos urbanísticos. Están basados en una positiva, supuesta y amplia evolución de las ventas inmobiliarias en nuestra ciudad. Tanto las rondas y rotondas asociadas al la ejecución de estos desarrollos tienen difícil, no tanto la cesión por los propietarios, como su ejecución municipal de estos principales y fundamentales Sistemas Generales del Plan. Tampoco se cuantifican en el Plan, pese a las reiteradas peticiones de Izquierda Unida, los elevados costes derivados de estos sistemas –al carecer de Estudio Económico y Financiero-, lo que los hace, desgraciadamente y aunque nos pese, poco creíbles. Sólo se quedan en planteamientos de diseño muy poco posibilistas a la realidad financiera local.
De otro lado se “intuyen” o “suponen”, sin que se mencionen expresamente cual cuello de avestruz bajo la tierra, los dos pasos a distinto nivel que, obligatoriamente deben hacerse para la ejecución de la ronda urbana este y del oeste. Es decir en los Tejares de Murcia debe superarse el terraplén del ferrocarril. Igualmente, en La Montaña o Silo, debe procederse de la misma forma ante otro terraplén, asociado además a curso fluvial. En definitiva RENFE y/o ADIF tendrán mucho que opinar. ¿O es que esperamos que la línea Sevilla-Mérida decaiga, lo que daría menor sostenibilidad a los transportes locales y regionales?
Igualmente, toda la ronda oeste se obtendrá necesariamente de los desarrollos previstos en urbanizables, al no incluir (que se sepa) el tráfico y la infraestructura de la necesaria, aunque no prevista variante de la carretera EX -103. El Plan la obvia, a pesar de estar en prioridad 1 por la administración regional, con lo que el debido tratamiento integrador y regulador del término queda fuertemente quebrado e incompleto. No es de recibo la omisión de esta infraestructura que se sabe que está en proceso e irá concéntrica a esta ronda y que Izquierda Unida opta por su consideración pero, eso sí, integrada con los desarrollos y reservas de suelo.
Los Sistemas Generales en suma, concebidos en el Plan tan fuera de lugar de Llerena, exceden con mucho las posibilidades de financiación local, en un contexto de cambio de modelo financiero que, según todos los indicios socioeconómicos, le da la espalda al sector construcción e inmobiliarias. El resultado previsible puede ser una constante en la periferia de ciudad inacabada, con eriales y escombreras en expectativas urbanísticas que no llegan, con mala adaptación hacia el paisaje rústico y nula integración.
Algunas rectificaciones deberían realizarse en el SNU, tanto en la zona de Los Molinos, donde hay una mala delimitación del área que debe tratarse uniforme e integradamente bajo el postergado Plan Especial, como en otros puntos del municipio. Aún considerando que, cartográfica y normativamente, el Plan ha dado un gran salto regulador para limitar el desorden urbanístico en el suelo rústico, parece inadecuado que en el núcleo de Los Molinos hayan incorporado 5 Zonas de Ordenación y no se encuentren englobadas ni las adquisiciones municipales de La Morolla y el Canchal ni la surgencia de La Madrona, tal como se especifica en la imagen adjunta.
4.- LA FALTA DE ALTERNATIVA A LOS PROBLEMAS REALES
Uno de los principales problemas de una ciudad compacta como Llerena radica en la falta de dotaciones, zonas verdes y espacios verdes en el núcleo histórico, antes considerados como menos necesarios. Sin embargo, de los estándares urbanísticos del Plan bien puede decirse que están ampliamente superados gracias a la generosa repercusión en la periferia.
Es el caso de las dotaciones deportivas hacia el oeste (antiguos ejidos Campamentos) o de las zonas verdes (al incluir las espléndidas superficies de los actuales Ejidos de las Piedras Baratas y Camino de San Miguel). Todas estas superficies computan respectiva y engañosamente aumentando esos estándares, cuando lo lógico es considerarlos en su mayor parte como SNU de protección paisajística y compensar dotaciones y espacios verdes en solares y vacíos existentes en el centro para aquéllas. Son conocidos amplios huecos, solares, huertos, etc (como por ejemplo las traseras del Colegio Santo Ángel), en la propia trama urbana que el Plan “no ve” ni “afecta” a estos fines, optando por la solución más fácil: las periferias que, eso sí, conllevan mayores desplazamientos de los usuarios y coadyuvan en la falta de sostenibilidad del conjunto.
Baste recordar la escasa incidencia de las Actuaciones Asistemáticas que en suelo urbano apenas se suponen 1.600 m2.
Una de las actuaciones necesarias de ordenación de los flujos de tráfico entre la gasolinera y el cuartel de la Guardia Civil, que Izquierda Unida vio adecuada y que el Plan planteó correctamente hasta septiembre de 2008, ha sido cambiada y alejada por conveniencias políticas, tal como se aprecia en los esquemas adjuntos. La oportunidad de esa ordenación en este punto negro del viario local, parece que se ha perdido, especialmente en lo que se refiere a la Avenida de Badajoz y para la distribución de tráficos al polígono Las Calabazas.
Por otro lado, no se citan medidas concretas a favor de la localización, desarrollo y concreción de la vivienda protegida, tan demandada en los momentos actuales y por la legislación. El Ayuntamiento a través del Plan General parece no interesarle poner en marcha los mecanismos que la ley urbanística ofrece para adquirir terrenos que en un futuro, próximo o más lejano, puedan dedicarse a Viviendas Protegida o que por los mecanismos que se vayan estableciendo tengan un precio asequible. Quedan abiertas las localizaciones a los desarrollos futuros.
La ley urbanística y del suelo, tanto la de Extremadura como la general de España, hace posible y propicia establecer “Reservas de Terrenos” con este fin. Son terrenos que pueden estar situados incluso en el centro y no solo en el exterior, y que pueden ser adquiridos por el Ayuntamiento mediante mecanismos para los que hay ayudas públicas. Uno de los requisitos es que el Plan General lo proponga, pero no hace propuestas en este sentido, y si lo que se espera es que el mercado lo regule ya se ven las consecuencias.
En otro orden de cosas el nuevo Plan crea una amplia ruptura referida a los aprovechamientos de suelo y sus alturas permitidas, especialmente entre los ensanches y las zonas de crecimiento de las NN.SS., reflejados de forma aproximada en el plano adjunto.
Así, salvadas genéricamente durante estos 8 años de vigencia las transformaciones del centro histórico SUC-1, en la periferia SUC-2 se toleraban y autorizaban 10 m sobre la rasante o 3 alturas, cosa que ahora se ha excluido y reducido drásticamente a favor de los nuevos desarrollos SUC-3 y algunos SUNC-A. No sólo va a generar un importante problema económico a muchos propietarios por la pérdida de expectativas económicas y previsiones, sino que ocasionará más problemas circulatorios al no hacerse viables nuevos aparcamientos subterráneos. Esta incongruencia futura basada en la necesidad de mantener una tipología homogénea de 2 plantas y mejorar dotacionalmente estas áreas, sería subsanable con la revisión de algunas zonas SUC-2 limítrofes con SUC-3 o por informe técnico motivado.
Los nuevos desarrollos de SUNC frecuentemente alojan mal las zonas verdes (zona del Hospital) y dotaciones (Huerta Hernández en Cno de Maguilla): bien en el extrarradio del área en cuestión que generará poca funcionalidad o en los interiores de manzana, dando muestras de una imprevisión de nuevas manzanas poco equilibradas en espacios públicos y donde solo se busca la fachada.
Por otra parte, no parece deseable ni lógico que en suelo no urbanizable se permitan 2 alturas y 7 m de altura para construcciones residenciales (art.3.4.7) cuando las necesidades en estos suelos ni las tipologías preexistentes ofrecen estos parámetros.
El Plan debe sustituir la traza actual de la CN-432 en autovía en relación con los acuerdos consistoriales y a la nueva alternativa por el norte que está a la espera de nueva información pública. O, en todo caso, que la elimine de la cartografía.
Se pretende, por otro lado, la creación de un entorno protegido en torno al cementerio, pero no se explicitan, por otro lado, una serie de pasillos visuales o bandas a lo largo de los ejes de comunicación, que sí supondrían un efecto ambiental positivo y real.
5.- LA DESATENCIÓN DEL CASCO HISTÓRICO
También en esto el Plan, y quién lo encarga y coordina, incumple una obligación de primer nivel. ¿Cómo el plan urbanístico de nuestro municipio y ciudad no estudia y propone las actuaciones urbanísticas necesarias y de futuro en el Centro Histórico, englobando unas 42 hectáreas y por tanto un tercio aproximado de la ciudad futura?.
Ante esta pregunta de Izquierda Unida, el equipo redactor del Plan respondió que no les ha encargado eso y que ello corresponde a otro contrato urbanístico, el Plan Especial de Protección del Centro Histórico. Éste, en Avance desde hace unos 10 años y que en la práctica se viene aplicando por los servicios técnicos municipales y por el ARI, fue redactado casualmente por parte del mismo equipo actual con lo que la integración hubiera sido fácil. La coyuntura actual explicita, según contestación expresa, que no se les paga ni encarga para eso.
Si el Plan con aprobación ya inicial no establece suficientemente la ordenación urbanística del centro histórico donde vive la mayoría de la población, sino que sólo propone medidas de protección es que es un plan que no sirve para Llerena así, en el art. 4.2.5 se despacha la normativa y condiciones particulares del Centro Histórico. Procede pues que el Ayuntamiento encargue, incluso al mismo equipo del Plan General, también esto y que se reunifique –planimetría y normativa- todo en un único Plan, que será así mucho más coherente y acabado.
Llama la atención que las normas y directrices del antiguo Avance de ese PERI son más completas y adecuadas que las del actual Plan, a pesar del paso del tiempo. Igualmente conviene precisar y dar por sentado, en contra de las respuestas del equipo redactor, que catalogar edificios no lo es todo, sino sólo un buen complemento.
6.- UN CATÁLOGO INCOMPLETO
Este apartado de la alegación de Izquierda Unida, para no hacer muy amplio este texto y fichero, he preferido presentarlo en otro artículo.
Sobre este aspecto del planeamiento futuro, hemos puesto mucha carne en e asador, pues nos preocupa bastante. Baste decir que del primer documento presentado por los redactores en primavera de 2008, su catálogo de elementos protegidos apenas llegaba a la cincuentena. ¡Mucho menos que las propias NN.SS. que ya incluían tres tipos de protección (ambiental, integral...)!
Este desinterés por parte de los redactores y del gobierno municipal quedó superado gracias a las demoledoras críticas desde Izquierda Unida, consiguiéndose que se incorporaran -como rectificación de este Anexo- las propias protecciones y elementos que en documento anterior del Plan Especial de Protección del Casco Histórico de Llerena (PEPCH) ya incluía.
Las incorporaciones al Catálo de I.U. se recogen en el siguiente artículo.